Si tú y tu pareja están de acuerdo en poner fin al matrimonio, el divorcio de mutuo acuerdo es, en la mayoría de los casos, la vía más rápida y menos desgastante para hacerlo. Aquí te explico en qué consiste, qué requisitos exige la ley chilena y cómo es el proceso en los Tribunales de Familia de Rancagua.
¿Qué es el divorcio de mutuo acuerdo?
Es la forma de divorcio en la que ambos cónyuges solicitan juntos, ante el tribunal, terminar el matrimonio. A diferencia del divorcio unilateral (por culpa o por cese de convivencia solicitado por una sola parte), aquí no es necesario acreditar una causal de incumplimiento grave de los deberes matrimoniales: basta con demostrar que la vida en común terminó y que existe acuerdo entre ambos.
Requisitos principales
- Cese de convivencia acreditado de al menos 1 año. La ley exige que la pareja lleve como mínimo un año viviendo separada al momento de presentar la solicitud.
- Acuerdo completo y suficiente. Deben presentar un acuerdo que regule, según corresponda a su situación, el régimen de cuidado personal de los hijos e hijas, la relación directa y regular (visitas), la pensión de alimentos y la eventual compensación económica o liquidación del régimen patrimonial del matrimonio.
- Presentación conjunta de la demanda. Ambos cónyuges concurren como solicitantes, generalmente representados por un mismo abogado o por abogados de cada parte que coordinan el acuerdo.
¿Cómo se acredita el cese de convivencia?
El medio más habitual y seguro es la escritura pública o acta ante Notaría en la que ambos cónyuges dejan constancia de la fecha en que cesó la convivencia. También puede acreditarse mediante otros instrumentos que la ley admite, pero la vía notarial es, en la práctica, la que menos cuestionamientos genera ante el tribunal y la que recomiendo a mis clientes en Rancagua y Machalí para evitar retrasos.
Pasos del proceso
- Reunir la documentación: certificado de matrimonio, certificados de nacimiento de los hijos en común (si los hay) y el instrumento que acredita el cese de convivencia.
- Redactar el acuerdo completo y suficiente, adaptado a la realidad de la familia.
- Presentar la demanda conjunta ante el Tribunal de Familia competente según el domicilio de alguno de los cónyuges.
- Audiencia de tramitación y, si el tribunal considera que el acuerdo protege adecuadamente a los hijos, dictación de la sentencia.
- Subinscripción del divorcio en el Registro Civil, trámite que formaliza el nuevo estado civil.
Errores frecuentes que retrasan el proceso
- Presentar la solicitud sin haber cumplido efectivamente el año de cese de convivencia.
- Acuerdos ambiguos sobre pensión de alimentos o cuidado personal, que el tribunal observa y devuelve para corregir.
- No considerar la compensación económica cuando uno de los cónyuges dejó de trabajar o lo hizo en menor medida durante el matrimonio para dedicarse al hogar o a los hijos.
Cada matrimonio y cada familia tienen particularidades que conviene revisar antes de presentar la demanda, para que el acuerdo quede bien estructurado desde el inicio y evitar observaciones del tribunal que alarguen el proceso innecesariamente.